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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 128
VENTAJA Y ALEVOSIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 128
De conformidad con la jurisprudencia, para que la ventaja exista es necesario que el reo haya sabido que la víctima estaba inerme; pero en el aspecto puramente subjetivo, ese conocimiento debe referirse a la ausencia de riesgo de ser muerto o herido por el sujeto pasivo del delito. Y cuando la agresión se verifica en circunstancias tales que impidan la defensa, entonces se configura la calificativa de alevosía.
Precedentes
Amparo directo 1689/57. Luis Hernández Barbosa. 25 de octubre de 1957. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos Franco Sodi. Ponente: Luis Chico Goerne.