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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Segunda Parte; Pág. 104
INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Segunda Parte; Pág. 104
Si la actuación del reo se ubica en lo que los autores denominan "ebriedad del sueño" por lindar entre la plenitud del fenómeno onírico y la plenitud de la conciencia, no es inimputable, ya que la ley contempla sólo la inconsciencia absoluta y no la semiinconsciencia descrita (artículo 11-III).
Precedentes
Amparo directo 3844/57. Manuel Navarro Cisneros. 21 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.