Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/264762
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 13
COACUSADO, ABSOLUCION DEL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 13
El hecho de que indebidamente se haya absuelto al copartícipe, no implica la irresponsabilidad del acusado, si es culpable en los términos de la fracción I del artículo 13 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 128/56. Felipe Urbina Rodríguez. 27 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.