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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 50
FERROCARRILES. COMPETENCIA PARA CONOCER DE DELITOS RELACIONADOS CON MOTIVO DE SU FUNCIONAMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 50
Si el delito de homicidio fue cometido dentro de la oficina del jefe de estación de los Ferrocarriles Nacionales, de la cual era titular el occiso, quien venía teniendo dificultades debido a que el acusado no cumplía con sus obligaciones de cargador de los ferrocarriles, hay que observar que la actitud de éste en realidad estorbaba el expedito funcionamiento del servicio del servicio de los ferrocarriles, porque éstos cuentan con tiempo reglamentario y limitado para sus permanencias en las estaciones de paso, por lo que el jefe de estación estaba en lo justo al reclamarle a su subalterno la celeridad en sus actividades. De todo lo anterior se concluye que el hecho delictuoso se debió al funcionamiento del servicio público federal encomendado a la empresa ferrocarrilera, que es un servicio descentralizado, en los términos establecidos por el artículo 1o. de su ley orgánica; y que es de exacta aplicación el artículo 41, fracción I, inciso h), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que establece que son delitos federales los perpetrados con motivo del funcionamiento de un servicio público federal, aunque dicho servicio esté descentralizado o concesionado, precepto que está redactado en términos semejantes al artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que manda que los Tribunales Federales conozcan de los delitos que se intenten o consumen con motivo del funcionamiento de los servicios de una vía general de comunicación, como es la de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 5164/56. Luis Camacho Chávez. 23 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.