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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 105
REINCIDENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Segunda Parte; Pág. 105
No fue correcta la calificación de reincidencia impuesta por la responsable, si la dedujo de una reseña individual del agente emitida por el laboratorio de criminalística e identificación de la jefatura de policía y del informe del secretario de la penitenciaría del Distrito Federal, pues si bien estos datos contenidos en instrumentos públicos son valiosos para que el juzgador los complemente, pidiendo copia certificada de las sentencias pronunciadas por las autoridades judiciales, sin embargo, en sí mismos su valor se limita a las funciones específicas de quienes los rinden.
Precedentes
Amparo directo 6410/56. Alfonso Snaider Sandoval. 21 de agosto de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.