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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264820
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 16
COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 16
No se puede conceder eficacia probatoria contra el acusado, a declaraciones que provinieron de un individuo que en la época en que las produjo estaba detenido como presunto responsable de los delitos que se imputaban a aquél, o sea que obviamente tenía interés en eludir responsabilidad, atribuyéndola a otras personas.
Precedentes
Amparo directo 5507/55. Hugo Izquierdo Ebrard y coagraviado. 2 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.