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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 62
CONFESION DEL ACUSADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 62
Es evidente que se hizo al reo víctima de coacción moral, si violándose el mandato constitucional de que ninguna detención se debe prolongar más de setenta y dos horas sin que se justifique con un auto de formal prisión, se le mantuvo detenido por mas tiempo en los separos de la jefatura de policía, de dónde deriva la invalidez de las declaraciones que en esas condiciones haya rendido.
Precedentes
Amparo directo 5507/55. Hugo Izquierdo Ebrard y coagraviado. 2 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.