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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 71
FRAUDE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 71
Si el acusado solicitó y obtuvo de la ofendida mercancías a crédito, valiéndose de sus afirmaciones de ser propietario de una negociación, la cual aparece registrada a nombre de su esposa y fue embargada con motivo de un juicio, se configuró el fraude género, en tanto que dicho acusado obtuvo bienes mediante un engaño.
Precedentes
Amparo directo 59/56. Agustín Sánchez y Sánchez. 13 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.