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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 86
REPARACION DEL DAÑO, MONTO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 86
Si el monto de la reparación del daño se fijó teniéndose en cuenta precisamente las manifestaciones del inculpado acerca del precio en que vendió el ganado que sacó de los corrales del ofendido, aun cuando no se haya hecho avalúo de esos animales en el curso del juicio, sí se tuvo una base idónea para la condena en aquel aspecto.
Precedentes
Amparo directo 221/56. Felipe Barrientos Briano. 15 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.