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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 87
RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Segunda Parte; Pág. 87
Si el heridor se colocó en un plano de ilicitud que después degeneró en la contienda de obra, la sentencia que lo condenó por homicidio en riña es correcta.
Precedentes
Amparo directo 3423/55. Gregorio Chávez Castro. 1o. de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.