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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 19
AGRARIO. PEQUEÑOS PROPIETARIOS. TIENEN DERECHO A SER OIDOS EN CASO DE AFECTACION DE SUS TIERRAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 19
No obstante que en acuerdo del Cuerpo Consultivo Agrario se diga que la propiedad del quejoso no se excluye de la titulación de los terrenos comunales, dándose como razón que el interesado solicitó esa exclusión fuera del término fijado por las disposiciones reglamentarias del caso, al no constar en autos que las órdenes de desposesión reclamadas ni el acuerdo de donde provienen, se hubieran dictado en algún procedimiento en que hubiese sido oído conforme a derecho, y al no habérsele notificado los actos reclamados para que estuviera en posibilidad de impugnar su fundamento, procede conceder la protección constitucional, aunque sólo para el efecto de que el quejoso sea oído conforme a derecho y se pronuncie posteriormente la resolución que corresponda.
Precedentes
Amparo en revisión 2113/67. Rafael Romero Rivera. 14 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.