Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/264894
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264894
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 15

AGRAVIOS EN LA REVISION. NO LOS CAUSA QUE EL JUEZ TRANSCRIBA EN EL FALLO LAS CONSIDERACIONES DE UNA SENTENCIA DICTADA EN OTRO JUICIO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo en revisión 5470/67. Jesús Alvarez Sánchez. 4 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.
Registro digital (IUS): 264894