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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264904
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 26

INGRESOS MERCANTILES, LA TASA LOCAL NO ESTA INCLUIDA EN LA EXENCION DEL ARTICULO 18, FRACCION VIII, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE, CUANDO SE TRATA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS ENVASADAS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo en revisión 3348/68. Tequila Cuervo, S. A. 9 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXXV, página 159. Revisión fiscal 4340/68. Destilby, S. A. 23 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Volumen CXXXV, página 159. Revisión fiscal 18/66. Vinos Finos, S. A. 5 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Volumen CXXXIV, página 50. Amparo en revisión 10474/66. Tequila Cuervo, S. A. 21 de agosto de 1968. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CXXXIV, página 50. Amparo en revisión 3550/67 y 4019/67. Tequila Cuervo, S. A. 5 de agosto de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CIII, Tercera Parte, página 15, tesis de rubro "BEBIDAS ALCOHOLICAS, LEY DEL IMPUESTO DE ENVASAMIENTO DE, Y EXENCION ESTABLECIDA POR SU ARTICULO 67.".
Registro digital (IUS): 264904