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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 28
INGRESOS MERCANTILES, LEY DEL IMPUESTO SOBRE. LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y DESCENTRALIZADOS, NO ESTAN INCLUIDOS EN LA EXENCION DE LA FRACCION XVIII DE SU ARTICULO 18.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Tercera Parte; Pág. 28
La circunstancia de que una industria manufacture aparatos que los organismos gubernamentales y descentralizados requieran para las obras que realizan, dada la magnitud e importancia de ellas, que va más allá de cualquier obra similar que pueda realizar un particular, no significa necesariamente que esté en presencia de un contrato de obra, de aquellos en que el contratista se obliga a hacer, construir o fabricar una cosa conforme a determinadas especificaciones previamente señaladas por el contratante y aportando para ello los materiales necesarios (obligación de hacer), sino quizá ante contratos de compraventa de cosa futura, de aquéllos en que las partes únicamente toman en cuenta un objeto u objetos determinados para ser entregados en cierta fecha (obligación de dar) sin importar el trabajo a desarrollar; y, por tanto, no están exentos del impuesto sobre ingresos mercantiles, de acuerdo con el artículo 18 fracción XVIII, de la ley de la materia.
Precedentes
Revisión fiscal 655/65. Industria Eléctrica de México, S. A. 11 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXX, página 25, tesis de rubro "CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO. SU DIFERENCIA CON EL DE COMPRAVENTA.".
Volumen CXXXII, página 107, tesis de rubro "INGRESOS MERCANTILES, EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE, AL CONTRATO DE OBRAS CON DEPENDENCIAS OFICIALES. LA FABRICACIÓN DE MATERIAL DE ACUERDO CON ESPECIFICACIONES PROPUESTAS POR QUIEN LO ENCARGA, QUEDA COMPRENDIDA.".