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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
264921
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 29

AGRARIO. PEQUEÑOS PROPIETARIOS. SI NO SE ENCUENTRAN EN LOS CASOS DE EXCEPCION QUE PREVE LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL, EL AMPARO ES IMPROCEDENTE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 651/68. Florentino Chávez Ríos y coags. 26 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Tercera Parte, página 40, tesis 21. Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965 Tercera Parte, página 95, tesis 79.
Registro digital (IUS): 264921