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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 264940
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 165
MARCAS, RENOVACION DE LAS. COMIENZO DE UN NUEVO TERMINO EXTINTIVO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Tercera Parte; Pág. 165
La renovación oportuna de una marca anula el término de extinción de la misma por no uso y produce el efecto de que comience a correr uno nuevo; por lo que, para que se extinga la marca, deberá correr íntegramente el término de cinco años desde el momento de su convalidación.
Precedentes
Amparo en revisión 1011/66. Smith Kline & French Laboratories. 30 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.