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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265007
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Tercera Parte; Pág. 41

AGRARIO. PROCURADORES DE ASUNTOS AGRARIOS. NO TIENEN CARACTER DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Tercera Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo en revisión 996/68. Camila Magaña Cuevas. 15 de julio de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 265007