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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265012
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 43

AGRAVIOS EN LA REVISION.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 43

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo LXIX, página 1396. Amparo en revisión 299/41. 24 de julio de 1941. Raúl Rivera y coagraviados. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: José María Mendoza Pardo. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen IX, página 10. Amparo en revisión 5337/57. Enrique Murillo Galván y coagraviados. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen XIII, página 10. Amparo en revisión 2444/58. Estanislao Ross López. 9 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen XXII, página 9. Amparo en revisión 5608/58. G. H. Boehringer Sohn. 22 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen CXXXIII, página 43. Amparo en revisión 8661/67. Pedro Sandoval López. 25 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 265012