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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Tercera Parte; Pág. 43
AGRAVIO INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Tercera Parte; Pág. 43
La omisión del análisis de un acto jurídico que no rige las situaciones a que se contrae la litis planteada, no causa agravio.
Precedentes
Amparo en revisión 9528/67. Ildefonso Ayala Vázquez. 29 de julio de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.