Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/265045
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 12
AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. REQUISITOS PARA SUS MIEMBROS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 12
La fracción I del artículo 23 del Código Agrario, en cuanto exige a los miembros de los comisariados ejidales ser ejidatarios y "trabajar en su ejido", debe interpretarse en el sentido de que tales personas deben tener como principal actividad la de laborar la parcela ejidal que les corresponde; es decir, hacer de la explotación de la parcela su ocupación fundamental, ser realmente campesinos que puedan conocer y entender los problemas que se presenten en el ejido, requisito que no se cumple cuando, por ejemplo, los quejosos simplemente tienen en el ejido su casa habitación, pero prestan sus servicios en lugares distantes a varios kilómetros del núcleo de población, no obstante que lo hagan con el fin de "aumentar sus entradas para gastos de sus hogares", ya que, de aceptarse tal situación, se haría nugatoria la intención del legislador consignada en la fracción I del artículo 23 del Código Agrario, esto es, la de entregar la autoridad agraria del núcleo de población a verdaderos campesinos y no a individuos que, aunque vivan en el núcleo de población, sean ajenos a los problemas y a las necesidades que se presenten en el campo, particularmente en el ejido correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión 6285/67. Serafín Medina Martínez y coagraviados. 6 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 49, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES. REQUISITOS PARA SUS MIEMBROS.".