Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/265061
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265061
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 47

FIANZA PENAL. REQUERIMIENTO DE PAGO. ES LEGITIMO EL QUE SE HACE CUANDO EL FIADO SE PRESENTO EXTEMPORANEAMENTE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 47

Precedentes

Revisión fiscal 281/61. La Guardiana, S. A. Compañía General de Seguros. 14 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXVII, página 71. Amparo en revisión 5262/56. La Guardiana, S. A. Compañía General de Fianzas. 13 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen CXVII, página 71, tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS. PRESENTACION EXTEMPORANEA DEL FIADO DA LUGAR AL NACIMIENTO DEL CREDITO.".
Registro digital (IUS): 265061