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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 52
I.S.S.S.T.E., APLICACION CONCOMITANTE DE LA LEY DE VETERANOS DE LA REVOLUCION Y LA LEY DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 52
Conforme al artículo 76 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el acuerdo de retiro de un empleado que tiene acreditado su carácter de veterano de la revolución, debe dictarse aplicando concomitantemente la Ley de Veteranos de la Revolución, no obstante que el pago de las diferencias favorables al trabajador sea por cuenta exclusiva de la entidad u organismo público a cuyo cargo determinen dichas leyes esas diferencias.
Precedentes
Amparo en revisión 254/68. Elías Uribe Lasso de Rivas. 26 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.