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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 58
ISSSTE, EXENCION DEL IMPUESTO PREDIAL A INMUEBLES ADQUIRIDOS A TRAVES DEL. CASA TIPO DUPLEX.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 58
Cabe la exención del impuesto predial, aunque no se trate de una sola unidad de habitación, si se trata, en cambio, de una sola unidad de construcción de las llamadas "dúplex", fabricada en el terreno adquirido con fondos del ISSSTE. Nada importa para que proceda la exención, que la casa sea del tipo referido, ya que, en todo extremo, no es verdad que los únicos que tengan derecho a considerarse como familiares del demandante para los efectos de tal beneficio y de la ley, lo hayan de ser quienes dependen económicamente del interesado y no algún hermano de éste que ocupe a título gratuito uno de los departamentos, pues el artículo 42 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, antes de su reforma de fecha 29 de diciembre de 1966, no exigía el requisito de la dependencia económica sobre el particular, sino solamente que se tratara de trabajador al servicio del Estado.
Precedentes
Revisión fiscal 518/64. Ismael Tenopala Cárdenas. 3 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen LXI, página 67, tesis de rubro "IMPUESTO PREDIAL. EXENCION A CASAS ADQUIRIDAS POR CONDUCTO DEL ISSSTE, AUNQUE EL ADQUIRENTE VIVA CON LA FAMILIA DEL CONYUGE.".
Volumen LXXXIV, página 40, tesis de rubro "ISSSTE, NO HAY RAZON PARA EXCLUIR DE LA FAMILIA DEL TRABAJADOR A SU PARENTELA QUE CONVIVE CON EL, POR HABER CONSTRUIDO UNA CASA CON FONDOS SUMINISTRADOS POR EL.".
Volumen CXIV, página 15, tesis de rubro "IMPUESTO PREDIAL, EXENCION A LAS CASAS CONSTRUIDAS CON FONDOS APORTADOS POR EL ISSSTE.".
Volumen CXV, página 55, tesis de rubro "ISSSTE, EXENCION DE IMPUESTOS A INMUEBLES ADQUIRIDOS A TRAVES DEL, AUNQUE EL TRABAJADOR CONVIVA CON PARIENTES AFINES O CONSANGUINEOS.".
Volumen CXXV, página 25, tesis de rubro "ISSSTE, EXENCION DEL IMPUESTO PREDIAL A INMUEBLES ADQUIRIDOS A TRAVES DEL. DEPARTAMENTO NO HABITADO POR EL TRABAJADOR.".