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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 105
DERECHOS DE COOPERACION POR ALUMBRADO PUBLICO. INTERPRETACION DEL ARTICULO 423, FRACCION II, INCISO B), DE LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 105
No se justifica el cobro de un crédito por concepto de derechos de cooperación por alumbrado público, cuando se demuestra que los postes que sostienen los focos de ese servicio, no se colocaron precisamente en la acera correspondiente al inmueble del afectado, sino a lo largo del centro del arroyo y en la acera de enfrente, de acuerdo con lo que establece el artículo 423, fracción II, inciso b), de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.
Precedentes
Revisión fiscal 231/67. Gastón Alegre López. 25 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXXX, página 21. Amparo en revisión 6542/67. Yolanda Morales de Ortega. 5 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.