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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265098
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 140
PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL. APLICABILIDAD DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 57 DEL CODIGO FISCAL, EN CASO DE QUE EL CAUSANTE OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACION CALIFICABLE NO LO HAGA.
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 140
La fracción II del artículo 57 del Código Fiscal de la Federación, contempla dos hipótesis de prescripción: la primera, que se refiere a la prescripción del crédito fiscal y que empieza a correr a partir del día siguiente a aquél en que haya quedado firme la calificación hecha por la autoridad; el segundo párrafo se refiere a la prescripción de la facultad para calificar, que presupone precisamente que se haya presentado una declaración calificable y si no se presentó declaración alguna, no cabe esta prescripción. Ahora bien, no dándose las circunstancias previstas en la citada fracción II y tomando en cuenta que las autoridades tienen facultad para calificar estimativamente, y que la fracción IV del artículo 57 del Código Fiscal menciona que la prescripción empieza a correr a partir del día siguiente a aquel en que se pudo ejercitar la facultad de las autoridades fiscales, se debe concluir que la fracción IV del dicho artículo 57, es aplicable.
Precedentes
Volumen CXXXII, página 109. Revisión fiscal 685/65. Ismael Vega Peláez. 18 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen CXXXII, página 109. Revisión fiscal 160/66. María Teresa G. de Cervantes. 28 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen CXXXII, página 109. Revisión fiscal 245/66. Julio A. Castro. 24 de noviembre de 1966. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen CXV, página 78. Revisión fiscal 360/66. Manuel Isita Rubio. 12 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen CXXXII, página 109. Revisión fiscal 243/67. María del Carmen Gómez de Gómez y otros. 26 de febrero de 1967. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.