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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265103
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXI, Tercera Parte; Pág. 27

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, GARANTIA DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXI, Tercera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 4485/64. Puente de Reynosa, S. A. 2 de mayo de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XLVIII, página 36. Amparo en revisión 887/61. José Horacio Septién. 21 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XCVII, página 9, tesis de rubro "ACTO RECLAMADO, FALTA DE FUNDAMENTACION DEL.". Volumen CXI, página 32, tesis de rubro "FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, GARANTIA DE.". Volumen CXVII, página 74, tesis de rubro "FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, GARANTIA DE.". Nota: En el Volumen XLVIII, página 36, esta tesis aparece bajo el rubro "FUNDAMENTACION Y MOTIVACION.".
Registro digital (IUS): 265103