Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/265135
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Tercera Parte; Pág. 81
TRIBUNAL FISCAL, NOMBRAMIENTO DE PERITO TERCERO POR EL, EN CASO DE VALUACION DE UN INMUEBLE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Tercera Parte; Pág. 81
La fracción tercera del artículo 200 del Código Fiscal de la Federación, no impone a las Salas del Tribunal Fiscal la obligación de nombrar necesariamente a un banco de fideicomiso, o a una institución de crédito que cuente con departamento de fideicomiso, como perito tercero en los casos en que se trate de valuar un inmueble, sino que le concede la facultad de poder hacerlo "de preferencia"; y esta locución adverbial, en el único sentido gramatical en que puede interpretarse, sólo significa la potestad de decisión por un objeto, persona o lugar, de entre varios, en razón a una determinada conveniencia que, como tal, ha de existir en cada caso, y expresarse libremente a juicio de quien la invoca, a fin de fundar su decisión, ya que, de no haber una libre determinación en tales casos, lógicamente saldría sobrando que aquélla se condicionara a una preferencia.
Precedentes
Revisión fiscal 360/60. Adelina Pons de Roux. 25 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XCIII, página 43. Revisión fiscal 621/63. Raúl Villarreal Orihuela. 25 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen XCIII, página 43. Revisión fiscal 93/63. Irene Alvarado Barrera. 22 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen XCI, página 19. Revisión fiscal 386/63. Edmundo Trotter Mattern. 14 de enero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen LXXXIV, página 47. Revisión fiscal 361/63. Centro Asturiano de México, A. C. 11 de junio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez
Volumen LXXX, página 31. Revisión fiscal 171/63. Juan Vara Ordóñez. 20 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen LXVII, página 27. Revisión fiscal 323/62. Enrique Nessi Sirighelli. 7 de enero de 1963. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota:
En el Volumen XCI, página 81, Volumen XCIII, página 43 y Volumen LXXXIV, página 47, esta tesis aparece bajo el rubro "PERITO TERCERO NOMBRADO POR LAS SALAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.".
En el Volumen LXXX, página 31, esta tesis aparece bajo el rubro "PERITO TERCERO EN MATERIA FISCAL. NOMBRAMIENTO DEL.".
En el Volumen LXVII, página 27, esta tesis aparece bajo el rubro "PERITO TERCERO EN MATERIA FISCAL. AVALUO DE INMUEBLES.".