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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Tercera Parte; Pág. 81
TRIBUNAL FISCAL, PROCEDIMIENTO ANTE EL. PERITO TERCERO EN DISCORDIA. CONSENTIMIENTO DE SU DESIGNACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Tercera Parte; Pág. 81
No tiene razón la autoridad recurrente al sostener que la Sala Fiscal violó el artículo 203 del Código Fiscal, porque el perito tercero en discordia que nombró no es valuador de algún banco hipotecario, y que no pudo alegar tal violación en el momento de la designación por no existir recurso legal alguno; porque sí existe el medio adecuado para que dicha autoridad recurrente hubiera hecho valer la violación a que se refiere, impugnando la designación del perito de que se trata, de acuerdo con lo que previene el artículo 156 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en el procedimiento ante el Tribunal Fiscal, y como no lo hizo así, debe tenerse por consentida de su parte la propia designación de perito tercero en discordia hecha por la Sala Fiscal.
Precedentes
Revisión fiscal 360/61. Adelina Pons de Roux. 25 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XCVI, página 84. Revisión fiscal 473/64. Graciela López de Capin. 7 de junio de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen XCIII, página 42. Revisión fiscal 93/63. Irene Alvarado Barrera. 22 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXXX, Tercera Parte, página 30, tesis de rubro: "PERITO TERCERO EN MATERIA FISCAL, IMPUGNACION DEL.".
Nota: En los Volúmenes XCVI, página 84, y XCIII, página 42, esta tesis apareció bajo el rubro "PERITO TERCERO EN DISCORDIA. CONSENTIMIENTO POR SU DESIGNACION EN EL PROCEDIMIENTO FISCAL.".