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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. EL POSEEDOR DE PARCELA TIENE INTERES JURIDICO PARA INTENTAR LA ACCION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Tercera Parte; Pág. 13
Acreditado el hecho de la posesión de la parcela, que engendra en sí un derecho que cae dentro de la tutela del juicio constitucional, sin que los Jueces de Distrito tengan facultad para decidir si la referida posesión es buena o mala, el poseedor tiene interés jurídico para promover el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 1688/67. Guadalupe López Sánchez y coagraviados. 8 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.