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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265216
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 40

POLICIA FEDERAL DE CAMINOS, EL CESE DE LOS MIEMBROS DE LA, ES IMPUGNABLE EN AMPARO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 40

Precedentes

Amparo en revisión 5316/66. Jorge Vera Moreno. 3 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXX, página 81. Amparo en revisión 8646/66. Freddie Orrico Vázquez. 22 de junio de 1967. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen LIII, página 95. Amparo en revisión 5881/60. Manuel Llorente Ortigoza. 17 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen LII, página 125. Amparo en revisión 5805/60. Angel Lara Andonegui. 30 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LIII, Tercera Parte, página 95 y en el Volumen LII, página 125, esta tesis apareció bajo el rubro "POLICIA FEDERAL DE CAMINOS, ESTA FUERA DEL AMBITO DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DEL ESTATUTO JURIDICO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.".
Registro digital (IUS): 265216