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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 50
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, DE CONFIANZA. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ES LEGITIMO PARA EXAMINAR SUS FALTAS Y RESOLVER SOBRE SU SEPARACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 50
Tratándose de trabajador de confianza, al servicio del Estado, el procedimiento que se siga por las autoridades responsables en que se den a conocer al quejoso las investigaciones practicadas y oportunidad de alegar lo que a sus intereses conviniere, es legítimo para examinar sus faltas y resolver sobre su separación, resultando evidente que la baja que en el mismo se decrete no es violatoria del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 5316/66. Jorge Vera Moreno. 3 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Nota: Tesis relacionada con la jurisprudencia número 416, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 736, de rubro: "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SENTENCIA DE AMPARO. LA PLENA EJECUCION DE LA QUE OBLIGA A REINSTALARLOS, COMPRENDE CUBRIRLES LOS SUELDOS CORRESPONDIENTES.".