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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265242
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Tercera Parte; Pág. 12

AGRARIO. DESIGNACION DE HEREDEROS DE DERECHOS AGRARIOS. DEBE OIRSE EN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO AL POSEEDOR.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Tercera Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo en revisión 6613/65. María Candelaria San Luis viuda de Vázquez. 29 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXII, página 24. Amparo en revisión 5999/66. José Ortega Calderón. 9 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen LXXXI, página 10. Amparo en revisión 6537/62. Aurelio González Castro. 30 de marzo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen LXXXI, página 10, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. DESIGNACION DE HEREDEROS DE DERECHOS AGRARIOS.".
Registro digital (IUS): 265242