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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Tercera Parte; Pág. 15
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESO Y SERVICIOS CONEXOS, DECRETO QUE CREO EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Tercera Parte; Pág. 15
El otorgamiento por el decreto de su creación, de atribuciones a Caminos y Puentes Federales de Ingreso y Servicios Conexos, para efectuar servicios públicos de transportes en tránsito fluvial y marítimo con transbordadores o chalanes, es un acto que por sí solo no afecta los intereses jurídicos de los permisionarios para esas operaciones, ni constituye, ni puede constituir, limitación alguna al ejercicio de los derechos de que disfrutan los mencionados permisionarios, máxime si se toma en cuenta que para cumplir o llevar a cabo el objeto señalado, se requiere de otro acto administrativo, como lo será la autorización que en cada caso deberá dar la Secretaría de Marina, cuando se satisfagan los requisitos correspondientes.
Precedentes
Amparo en revisión 6307/64. Manuel Alvarez Baltar y coagraviados., acumulados. 8 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.