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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265265
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 30

FUNDAMENTACION Y MOTIVACION, GARANTIA DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 5141/66. Sara Ruiz Obregón. 5 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXVII, página 74. Amparo en revisión 5918/66. Rubén Suárez Astudillo y otros. 31 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXI, página 32. Amparo en revisión 1377/66. Salinas Mina de Oro, S. A. 26 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen CXIV, página 30. Amparo en revisión 2018/60. Manuel Mora Pastor. 20 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 265265