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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 118
TRANSPORTE DE PASAJEROS, AUTORIZACION FEDERAL PROVISIONAL PARA PRESTAR EL SERVICIO DE. NO IMPLICA LA FEDERALIZACION DEL SERVICIO LOCAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 118
La autorización provisional que otorgan las autoridades federales para prestar el servicio de transporte de pasajeros, en manera alguna prejuzga la procedencia de una solicitud de federalización de los permisos estatales, cuando se observa del texto de la misma autorización, la aceptación expresa de las condiciones consignadas, en el sentido de que las autoridades se reservan la facultad de revocarla en cualquier tiempo si causa afectación a tercero, o cuando a su juicio proceda, y quede condicionada a la resolución definitiva que se dicte.
Precedentes
Amparo en revisión 9616/65. Omnibus de México, S. A. de C. V. y coagraviados. 5 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.