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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265310
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Tercera Parte; Pág. 37

PENSIONES CIVILES Y DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, NO SON DE APLICACION RESTRICTIVA LOS ARTICULOS 61 Y 42, FRACCION II, DE LAS LEYES DE.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Tercera Parte; Pág. 37

Precedentes

Revisión fiscal 97/67. Humberto Celis Ochoa. 16 de agosto de 1967. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXX, página 132. Revisión fiscal 332/57. Antonio Bonilla Melgar. 3 de abril de 1967. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Registro digital (IUS): 265310