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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265311
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Tercera Parte; Pág. 37

PENSIONES MILITARES, LEY DE. NO PROCEDE LA CALIFICACION DE FAMILIARES A LAS HIJAS DIVORCIADAS O VIUDAS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Tercera Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 3076/64. Adamira de la Vega Cruz. 31 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 265311