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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265341
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 31

PRUEBA PERICIAL, OBJECIONES A LA, EN EL JUICIO FISCAL, CUANDO DEBEN HACERSE VALER.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 31

Precedentes

Revisión fiscal 360/65. Miguel Lebrija Saavedra y otro. 20 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Volumen CXXXV, Tercera Parte, página 176, tesis de rubro "PRUEBA PERICIAL. SU RESULTADO DEBE COMBATIRSE ANTE EL TRIBUNAL FISCAL Y NO EN LA REVISION.".
Registro digital (IUS): 265341