Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/265345
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265345
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 36

SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO POR INACTIVIDAD PROCESAL. SU CONSECUENCIA ES DEJAR VIGENTE EL ACTO RECLAMADO, LO QUE NO SUCEDE CUANDO LAS AUTORIDADES NEGARON SU EXISTENCIA.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Tercera Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo en revisión 7187/63. J. Jesús Mancilla Quintero. 12 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Registro digital (IUS): 265345