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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 45
FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS. COMPUTO DEL TERMINO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 45
El término para la prescripción, no corre desde que el reo se sustrae a la acción de la justicia, sino desde el día siguiente a aquel en que la autoridad tributaria pudo ejercer la facultad correspondiente, lo que acontece cuando la misma autoridad puede ya formular el requerimiento, por haber recibido la documentación relativa.
Precedentes
Revisión fiscal 146/62. La Guardiana, S. A., Compañía General de Fianzas. 26 de junio de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.