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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265387
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 152

IMPUESTO SOBRE LA RENTA. BASE PARA CALCULAR LAS GANANCIAS DISTRIBUIBLES Y DEDUCCIONES DE LAS MISMAS.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 152

Precedentes

Volumen LXXV, página 43. Revisión fiscal 473/62. Cervecería Cuauhtémoc, S. A. 23 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos Volumen CXX, página 128. Revisión fiscal 372/62. Hojalata y Lámina, S. A. 25 de julio de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Volumen CXX, página 128. Revisión fiscal 552/64. Embotelladora Nacional, S. A. 29 de septiembre de 1966. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CXVII, página 75. Revisión fiscal 527/63. Compañía Cerillera La Central, S. A. 1 de marzo de 1967. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CXVII, página 75. Revisión fiscal 271/63. Hojalata y Lámina, S. A. 30 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 265387