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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; VolumenCXIX, Tercera Parte; Pág. 30
SOCIEDADES COOPERATIVAS, LEY GENERAL DE. SU APLICACION NO ES RETROACTIVA EN CASO DE ACOGIMIENTO EXPRESO. TRANSPORTES PUBLICOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; VolumenCXIX, Tercera Parte; Pág. 30
No existe aplicación retroactiva del artículo 57 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, si los sujetos de aplicación se acogieron al decreto de 31 de diciembre de 1947, que reformó el capítulo segundo, título segundo, libro segundo, de la ley de la materia y a su reglamento, y han cumplido con ellos, de donde debe inferirse que también se colocaron en situación idéntica respecto del artículo 57 de referencia, toda vez que éste corresponde precisamente al reglamento al que dicen haberse acogido, y esta circunstancia denota, a la vez, que sus actividades como integrantes de una sociedad dedicada a la explotación del servicio público de transportes, han estado reguladas por dichos textos legales desde que entraron en vigor, por lo que la aplicación que de dicho precepto se hace en la resolución impugnada no puede estimarse retroactiva ni violatoria, en consecuencia, del artículo 14 constitucional, máxime si se tiene en cuenta que las normas jurídicas no deben interpretarse aisladamente, sino relacionándolas con las demás disposiciones de la ley, interpretación que es la correcta, ya que nunca debe considerarse a las disposiciones de modo aislado, sino formando parte de un todo que es el ordenamiento legal aplicable.
Precedentes
Amparo en revisión 5801/63. José Durán Mejía y coagraviados. 4 de mayo de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.