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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Tercera Parte; Pág. 36
FIANZAS, PRESCRIPCION DEL CREDITO FISCAL Y DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Tercera Parte; Pág. 36
La prescripción prevista en el artículo 55, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, corresponde a la del crédito fiscal, en sí mismo considerado, como prestación tributaria, mas no a la prescripción de acciones derivadas de la fianza que garantizó el crédito y que son reguladas por una ley especial, como lo es el artículo 120 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y cuyo conocimiento cae dentro de la competencia del Tribunal Fiscal de la Federación.
Precedentes
Revisión fiscal 602/66. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 7 de abril de 1967. La publicación no menciona la votación. Ponente: Felipe Tena Ramírez.