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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265458
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 54

FIANZAS. EL CREDITO NO ES EXIGIBLE, EN TANTO NO EXISTA RESOLUCION O SENTENCIA FIRME QUE DEJE EXPEDITA LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD FISCAL PARA REALIZAR EL COBRO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 54

Precedentes

Amparo en revisión 6838/63. Fianzas Modelo S. A. 17 de febrero de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Registro digital (IUS): 265458