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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265468
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 102

MILITARES, PROMOCIONES DE LOS. DEL SILENCIO DE LAS AUTORIDADES MILITARES A UN ESCRITO DE INCONFORMIDAD NO PUEDE INFERIRSE QUE EL QUEJOSO HAYA DADO SU CONSENTIMIENTO A LOS ACTOS QUE LES IMPUTA.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 102

Precedentes

Amparo en revisión 2808/66. Ernesto Ruiz Godoy. 20 de febrero de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Registro digital (IUS): 265468