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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265476
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 112

PRUEBA PERICIAL. EL TRIBUNAL FISCAL NO ESTA OBLIGADO A DECRETARLA DE OFICIO, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 198 DEL CODIGO FISCAL, CUANDO NO SE ALLEGUEN PRUEBAS QUE TIENDAN A DEMOSTRAR LA ILEGALIDAD DE LA RESOLUCION COMBATIDA.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Tercera Parte; Pág. 112

Precedentes

Revisión fiscal 205/63. Rosa N. viuda de Lama Chaya, por sí y como albacea de la sucesión de Miguel Lama. 9 de febrero de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 265476