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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265504
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Tercera Parte; Pág. 63

PENSIONES, LEY DE. SU ARTICULO 61 NO PUEDE SER ANULADO POR LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Tercera Parte; Pág. 63

Precedentes

Revisión fiscal 465/63. Adela Fernández Jaimes de Llamas. 12 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XC, página 23. Revisión fiscal 490/61. Carlos Nuñez Arellano. 27 de junio de 1963. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño. Volumen LXVII, página 26. Revisión fiscal 397/62. Francisco Jorge Guillén Román. 30 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen LVI, página 83. Revisión fiscal 411/61. Manuel Fernández Anaya. 8 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Registro digital (IUS): 265504