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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265508
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Tercera Parte; Pág. 85

PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL. SU DECLARACION CORRESPONDE A LA PROCURADURIA FISCAL.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Tercera Parte; Pág. 85

Precedentes

Amparo en revisión 2805/66. Filiberto M. Arredondo Suástegui. 19 de enero de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Sexta Epoca, Tercera Parte. Volumen LV, página 36. Amparo en revisión 6297/61. Consejo Municipal de Acapulco, Guerrero. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: En el Volumen LV, página 36, esta tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL, DECLARACION DE LA.".
Registro digital (IUS): 265508