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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 265550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Tercera Parte; Pág. 60
FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO POSTERIOR A UNA SENTENCIA QUE DECLARA VICIOS EN OTRO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Tercera Parte; Pág. 60
Aun cuando una sentencia dictada por el Tribunal Fiscal de la Federación que declara la nulidad de un primer requerimiento de pago que la tesorería le formuló a una afianzadora con cargo a la misma póliza de fianza, no diga explícitamente que fuera para el efecto de que la autoridad administrativa repusiera su procedimiento, tal circunstancia no es por si sola suficiente par estimar que el segundo requerimiento de pago es ilegal y carente de fundamento, si la base para ordenar la reposición del procedimiento está en la sentencia antes mencionada, puesto que de su lectura se desprende que la nulidad declarada, se hizo derivar de la falta de un requisito formal de que adoleció el requerimiento combatido, consistente en que no se acompañaron los documentos justificativos de la legalidad del cobro, exigidos por los artículos 95 y 130 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, sin hacer ninguna estimación sobre la existencia del crédito. En tales condiciones, como no se falló sobre la legalidad del crédito, sino únicamente en cuanto a la forma del requerimiento de pago, la autoridad tributaria quedó en libertad de hacer o no un nuevo requerimiento, y si optó por llevarlo a cabo, válidamente pudo hacerlo, si satisfizo las formalidades de ley.
Precedentes
Amparo en revisión 4672/61. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 28 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.