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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
265560
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Tercera Parte; Pág. 80

SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO. CUANDO OMITE A LAS AUTORIDADES ORDENADORAS DEBE MANDARSE REPONER EL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Tercera Parte; Pág. 80

Precedentes

Amparo en revisión 1071/66. Cirilo Hernández García. 19 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 265560